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Rigen multas millonarias y arrestos para quienes arrojen basura en Mendoza

La Ley 9737 entró en vigencia con penalidades que incluyen trabajos comunitarios, arresto de hasta 25 días y multas que alcanzan los $5 millones para empresas, montos que pueden duplicarse si rige un alerta meteorológico en la provincia.

Lunes, 19 de Octubre de 2026
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El Poder Ejecutivo de Mendoza promulgó formalmente la Ley 9737, una reforma integral al Código Contravencional (Ley 9099) que agrava sustancialmente los castigos para quienes arrojen o acumulen deshechos, escombros, metales o aguas residuales en la vía pública o predios privados. La normativa, publicada este lunes en el Boletín Oficial, abarca calles, plazas, parques, terrenos baldíos y veredas sin mantenimiento, extendiendo la responsabilidad tanto a personas físicas como a empresas en todo el territorio provincial.

Bajo el nuevo régimen contravencional, los infractores particulares se exponen a sanciones económicas que oscilan entre 1.000 y 2.000 Unidades Fijas —valores que actualmente equivalen a cifras de entre $500.000 y $1 millón—, alternativas de arresto efectivo de 10 a 20 días y una carga obligatoria de 30 jornadas de trabajo comunitario de limpieza. Quienes incurran en estas conductas deberán asumir además el costo financiero total que implique remover los despojos y reparar los deterioros ocasionados.

Penas severas para daños en el sistema hídrico

El texto legislativo fija agravantes específicos para las faltas que comprometan la red de distribución y drenaje pluvial. Desechar desperdicios en canales, acequias, hijuelas, colectores y cauces aluvionales que impidan o arriesguen el normal curso del agua derivará en multas de hasta $1,5 millones (3.000 UF), sanciones de detención de hasta 25 días y trabajos de saneamiento forzoso.

En lo relativo al sector corporativo y personas jurídicas, las penas pecuniarias se tornan aún más severas: cuando el vertido ilegal se efectúe en provecho o representación de una firma comercial, las penalizaciones treparán en una escala de $2,5 millones a $5 millones (hasta 10.000 UF). El marco legal faculta además a la Justicia para aplicar decomisos de maquinaria, clausuras e inhabilitaciones comerciales, sin neutralizar las causas individuales que correspondan a los autores materiales.

Agravantes por emergencias y destino de fondos

Una de las innovaciones centrales radica en la duplicación automática de los topes económicos cuando la infracción ocurra bajo vigencia de alertas hidrometeorológicas o estados de catástrofe oficial, contexto en el cual una empresa podría afrontar multas de hasta $10 millones y un particular de hasta $3 millones. Asimismo, ante contravenciones protagonizadas por menores de edad, sus padres o tutores responderán solidariamente con su patrimonio por la totalidad de las tareas de remoción y remediación ambiental.

En cuanto a los recursos generados por la aplicación de estas sanciones, la ley ordenó que la recaudación derivada de los cobros contravencionales sea asignada de manera anual y directa a los cuerpos de bomberos voluntarios operativos en la provincia, transformando el régimen punitivo en una fuente de financiamiento para el equipamiento de emergencias.

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